Instituto de Educación Media SuperiorTlalpan II “Otilio Montaño”Reglas Generales de Inscripción y Reinscripción del Sistema de Bachillerato del Gobierno del D.F.(Fragmento)
Nombre: Francisco Javier Amaya Aguirre Grupo:101
D.T.I. Fidencia Luna Gasca
Planeación y Organización del Estudio
D.T.I. Enrique Figueroa
Computación
Fecha:21 de septiembre de 2010.
Capítulo II
Del primer ingreso.
Artículo 5.- El Instituto sólo admitirá estudiantes de nuevo ingreso en el primer semestre de seis del Plan de Estudios, ya que no hay revalidaciones de otros sistemas educativos de bachillerato.
Artículo 8.- Si en el plazo para efectuar su inscripción los aspirantes admitidos no se presentan a concluir su trámite, o bien, habiendo concluido su trámite de inscripción no se presentan a sus actividades en el plantel durante los primeros diez días hábiles de iniciado el ciclo escolar o manifiestan por escrito su decisión de no ingresar al mismo, su inscripción será cancelada.
Los lugares a ellos asignados quedarán disponibles y podrán ser ocupados por aspirantes seleccionados, bajo el procedimiento especificado en los artículos 3 y 4 de estas Reglas.
Capítulo III
De las inscripciones.
Artículo 12.- A partir del tercer semestre, conforme a sus necesidades y con base en la recomendación académica de su tutor, las asignaturas, modalidad a cursar y el tiempo que dedicará al estudio durante los periodos lectivos.
En todo caso, los estudiantes presentarán en el momento de su reinscripción, en el área de Servicios Escolares de la Coordinación, el formato de recomendación de su tutor.
Artículo 13.- En caso de que algún estudiantes desee inscribir a un número de asignaturas que sobrepase la carga académica establecida para el semestre que cursará, ésta última no podrá ser mayor al equivalente a dos asignaturas. El estudiante deberá solicitar por escrito la autorización respectiva a la Coordinación del plantel, quien evaluará su pertinencia conjuntamente con el tutor del estudiante.
En todos los casos para poder autorizarla, se le tomara en cuenta el desempeño del estudiante durante el semestre anterior, en el cual éste deberá haber tenido un avance no menor al 80% del correspondiente al Plan de Estudios.
Capítulo IV
De los periodos intersemestrales.
Artículo 18.- Para completar su avance académico, el estudiante podrá inscribirse al periodo intersemestral señalado en el calendario escolar aprobado, previa autorización de su tutor y del profesor de la(s) asignatura(s) correspondiente(s).
Artículo 19.- Solamente se aceptará la inscripción del estudiante al periodo intersemestral para completar hasta 2 asignaturas con antecedente de curso.
Capítulo V
De la permanencia en el sistema de bachillerato del Gobierno del Distrito Federal.
Artículo 20.- Los estudiantes de bachillerato están organizados para cursarse durante seis semestres, con una carga de tiempo completo para los estudiantes, pudiendo extenderse el periodo mencionado para la conclusión del ciclo hasta por tres semestres adicionales.
Artículo 21.- Durante su permanencia en el plantel, el estudiante que así lo solicite podrá interrumpir sus estudios hasta por dos semestres de manera continua o discontinua, mediante el procedimiento de receso escolar.El semestre en el que aplique el receso escolar se considerará como no cursado y el estudiante como no inscrito o no reinscrito.
Artículo 26.- El Instituto revisará semestralmente la situación de los estudiantes con nula asistencia a sus actividades académicas o cuyo avance en su formación sea prácticamente nulo.
El estudiante deberá presentarse en el plantel en el cual se encuentra inscrito o reinscrito, con la finalidad de regularizar su situación académica en el periodo determinado por el Instituto.
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